Entre Trump y Trudeau: claúsulas laborales y libre comercio a la luz del CETA Articles uri icon

publication date

  • March 2017

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  • 211

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  • 234

issue

  • 3

International Standard Serial Number (ISSN)

  • 0214-6045

abstract

  • El libre comercio se ha situado en el centro del
    debate político. De una parte, la victoria de Donald
    Trump y su decisión de retirar a los Estados Unidos
    del Acuerdo Transpacífico ha revitalizado las
    posturas más proteccionistas. La principal razón
    esgrimida, muy presente durante la campaña electoral, se centra en evitar los supuestos efectos
    perniciosos derivados de la paulatina extensión y
    ampliación de las áreas de libre comercio sobre la
    clase trabajadora norteamericana, mensaje que
    caló, especialmente, en las antiguas ciudades
    industriales de los Estados más afectados por la
    Globalización.
    De otra parte, Canadá y la Unión Europea han
    reaccionado acelerando el procedimiento de
    ratificación del Acuerdo Económico y de Comercio
    conocido como CETA. El principal argumento
    esgrimido por los gobiernos para convencer a la
    ciudadanía de uno y otro lado del Atlántico se
    centra en los beneficios económicos que
    potencialmente se van a derivar de su aplicación.
    Sin embargo, esta activa defensa de los gobiernos
    europeos y canadiense de este Acuerdo, por otra
    parte no poco controvertido, contrasta con la fría
    acogida, cuando no oposición, de buena parte de los
    ciudadanos europeos, simbolizada en la numantina
    oposición del Parlamento de pequeña región belga
    de Valonia a otorgar permiso al gobierno federal
    para ratificarlo si no se introducían importantes
    cambios en su contenido.
    ¿Puede calificarse la postura de la nueva
    Administración norteamericana como populista o
    existen riesgos ciertos para el mercado de trabajo y
    su economía? ¿Hasta qué punto hay motivos
    objetivos para oponerse o apoyar el libre comercio?
    A pesar de que, desde David Ricardo, existe un
    cierto consenso entre los economistas en relación a
    los efectos beneficiosos del libre comercio, esto no
    significa ni que éstos hayan de alcanzar
    automáticamente al conjunto de la sociedad y, en
    particular, a los trabajadores; ni que se asegure que
    no vaya a haber ganadores y perdedores. Por ello, la
    anunciada asunción de que el comercio produce
    beneficio neto, quizá debiera completarse con la
    advertencia de que para que tales beneficios
    alcancen al conjunto de la sociedad o, si se prefiere,
    para que se compensen las externalidades
    negativas en el plano social y laboral, resulta
    necesaria la adopción de instrumentos adicionales
    adecuados y eficaces.
    Entre éstos destacan la incorporación de cláusulas
    laborales a los tratados de libre comercio, en cuya
    virtud se garantizan unos estándares mínimos
    (frecuentemente los marcados por los convenios de
    la OIT) entre las partes firmantes. El objeto de este
    trabajo es analizar hasta qué puntos estas cláusulas
    están cumpliendo la función que tienen
    encomendada y en qué medida son causas y
    consecuencia de la situación descrita. Para ello se
    dividirá en los siguientes apartados. Tras una breve
    introducción sobre la situación del libre comercio,
    se analizará la creciente tendencia hacia la
    incorporación de cláusulas laborales en los tratados
    de comercio internacional y sus rasgos
    fundamentales. A continuación, se empleará el caso
    práctico y controvertido del CETA para estudiar sus
    ventajas y debilidades. Finalmente, sobre la base de
    lo anterior, se formularán algunas conclusiones
    acerca de sus potencialidades de cara al futuro.

subjects

  • Law

keywords

  • libre comercio; tratados comerciales; cláusulas laborales; oit; ceta; trade; free trade: labour provisions; ilo