El papel secundario de las comisiones paritarias como sistema de autocomposición de solución de conflictos. ¿hacia una ampliación de funciones? Articles uri icon

publication date

  • December 2015

start page

  • 339

end page

  • 353

issue

  • 25

International Standard Serial Number (ISSN)

  • 1133-035X

abstract

  • Las Comisiones Paritarias tienen como función principal la administraciónde los convenios colectivos, pero también se lesasigna otra finalidad secundaria como es la solución extrajudicialde conflictos relacionados con el propio convenio o, incluso, conotras materias más amplias (la participación en períodos de consulta,la decisión empresarial de acciones de flexibilidad internay la articulación de la negociación). Además, es posible reconocerlascomo órganos de mediación o arbitraje a tenor del art. 83del ET. Únicamente en este último supuesto se admite su actuacióncomo mediación previa que permite el acceso a la vía judicial.

keywords

  • comisiones paritarias; convenios colectivos