Las adquisiciones a non domino de bienes muebles e inmuebles en el Derecho español. Problemas particulares y propuestas interpretativas Articles uri icon

publication date

  • July 2018

start page

  • 39

end page

  • 112

issue

  • AÑO 2, NÚM. 1, 2018

International Standard Serial Number (ISSN)

  • 0719-871X

abstract

  • Un tema de innegable interés en el estudio del Derecho patrimonial, es el
    de las adquisiciones a non domino. Las razones de ese interés son claras; los
    presupuestos de su juego, ya lo son menos.
    Toda hipótesis de adquisición a non domino, supone una desviación de la
    regla lógica nemo dat quod non habet, y en este sentido, la admisión de actos de
    invasión eficaz, en la esfera patrimonial privada de los individuos, por parte de
    terceros no autorizados por el dueño. Debe haber buenas razones para que, en
    un caso dado, el Sistema otorgue eficacia transmisiva a actos que, a priori, no
    deberían tenerla; esto es: para que el Sistema equipare los medios transmisivos reconocidos, y los que no lo son. No se trata de admitir la atipicidad de los
    mecanismos transmisivos (como si quisiese decirse, que admitir las adquisiciones
    a non domino, es admitir la eficacia transmisiva, tanto de los medios transmisivos
    admitidos como de otros distintos), sino de impedir en determinados casos su
    ineficacia, a pesar de la regla nemo dat quod non habet.
    El objeto de este trabajo, es un intento de revisión de las, a veces quizá sólo
    aparentes, reglas de adquisición a non domino tanto de los bienes muebles
    como de los inmuebles, lo que sólo puede abordarse resolviendo previamente
    algunas cuestiones fundamentales del sistema transmisivo español, articulado
    sobre la teoría del título y el modo.

keywords

  • nemo dat quod non habet; traditio; buena fe; posesión, doble venta, fe pública registral