Nuevamente sobre la laboralidad del vínculo contractual de los prestadores de servicios en plataformas digitales. Comentario a la SJS, número 39, de Madrid, de 3 de septiembre de 2018 = Again on the employment classification of service providers in digital platforms. Comment to the SJS, number 39, of Madrid, of September 3, 2018 Articles
Overview
published in
- IUSLabor Journal
publication date
- April 2019
start page
- 327
end page
- 341
issue
- 1
Digital Object Identifier (DOI)
full text
Electronic International Standard Serial Number (EISSN)
- 1699-2938
abstract
- Indubitado el interés sobre la calificación jurídica de las relaciones de trabajo que se desarrollan en el entorno de las plataformas digitales, dos recientes sentencias de dos Juzgado de lo Social de Madrid han negado la laboralidad del vínculo existente entre un prestador de servicios y la plataforma virtual mientras que una tercera, dictada por el JS número 33 de Madrid, ha calificado como trabajador por cuenta ajena a un repartidor de esta misma plataforma. En el presente trabajo se exponen los argumentos de la sentencia dictada por el JS número 39 para defender la naturaleza autónoma de la prestación y se hace una reflexión crítica sobre sus efectos. = Undoubtfulthe interest on the employment classification of workers in the activity developed by service providers in digital platforms, recently the Court No. 39 of Madrid hasdenied the labor nature of the existing contract between a service provider and the virtual platform. In this paper, we analyze the arguments of the sentence to defend the autonomous nature of the contract and a critical reflection is made about its effects.
Classification
subjects
- Law
keywords
- contrato de trabajo; plataformas digitales; trabajador autónomo; economía digital; employment contract; digital platform; self-employment; gig economy