La comisión de estructuración, concebida como gasto financiero, es deducible Articles
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published in
- Actualidad Administrativa Journal
publication date
- November 2019
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- 1
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- 7
issue
- 11
full text
International Standard Serial Number (ISSN)
- 1130-9946
abstract
- La SAN de 30 de mayo de 2019 concluye que la operación de arrendamiento subyacente en la que se generó la comisión discutida, surgió con carácter operativo y no financiero. Por ello, no califica dicha comisión como retribución del capital propio, sino del capital ajeno y, por tanto, deducibles conforme lo dispuesto en el artículo 14.1 a) TRLIS.
Classification
keywords
- impuesto sobre sociedades; ejercicios 2009 y 2010; liquidación; sanción; deducibilidad de la comisión de estructuración