Inejecución en plazo de acuerdo del TEAC: caducidad irreversible Articles uri icon

authors

  • CALDERON GONZALEZ, JESUS MARIA

publication date

  • January 2020

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  • 1

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  • 4

issue

  • 1

International Standard Serial Number (ISSN)

  • 1130-9946

abstract

  • La sentencia objeto de comentario concluye que el plazo para ejecutar una resolución del TEAC en materia sancionadora es de un mes, conforme al art . 66.2 del Real Decreto 520/2005, de 13 de mayo, y que su incumplimiento genera la caducidad del procedimiento.

keywords

  • tribunal económico administrativo central; sanción; cuantificación; resolución; ejecución; plazo; caducidad; aplicación del real decreto 520/2015