La evolución de la planta judicial en el ámbito contencioso-administrativo y de la impugnación de las resoluciones de sus órganos Articles uri icon

authors

  • AREVALO GUTIERREZ, ALFONSO

publication date

  • June 2018

start page

  • 497

end page

  • 518

issue

  • 31

International Standard Serial Number (ISSN)

  • 1136-3339

abstract

  • La Ley de 1956 estableció el modelo de jurisdicción y proceso contencioso-administrativo todavía hoy vigente, afrmando un sistema judicial strictu sensu, con dos únicos órganos jurisdiccionales y un sistema de impugnación de sus resoluciones muy sencillo: las providencias y autos se recurrían en súplica &-la actual reposición&- y las sentencias de las Salas de lo Contencioso-administrativo de las Audiencias Territoriales en apelación ante la Sala Tercera del Tribunal Supremo; al margen del recurso extraordinario de revisión. Tras la Constitución se han operado sucesivas reformas, presupuesta la institucionalización en 1977 de la Audiencia Nacional. La Ley Orgánica del Poder Judicial estableció los Tribunales Superiores de Justicia de las Comunidades Autónomas &-creados en 1988&- y afrmó dos nuevos órganos jurisdiccionales, unipersonales: los Juzgados provinciales y los Juzgados Centrales &-solo sobre el papel, pues su implantación se difrió hasta la vigente Ley Jurisdiccional&-. El resultado es el vigente modelo, con cinco tipos de órganos jurisdiccionales: tres de ámbito estatal y dos de ámbito territorial limitado; tres colegiados y dos unipersonales. La reforma de 1992 suprimió el recurso de apelación e introdujo la casación &-en tres modalidades: ordinaria; para unifcación de doctrina y en interés de ley&-. La Ley 29/1998 asumió este esquema, recuperando la apelación. La reforma 2009 introdujo dos nuevos recursos, frente a las resoluciones de los Letrados de la Administración de Justicia. Finalmente, la Ley Orgánica 7/2015 ha introducido una sustancial reforma en la casación: un único recurso, para crear una doctrina jurisprudencial sólida y estable, requiriéndose la invocación de una ilegalidad y la acreditación de un interés casacional objetivo; requisito que replica la reforma del recurso de amparo de 2007, en la línea del certiorari de la justicia norteamericana

keywords

  • jurisdicción contencioso-administrativa; recursos; casación; certiorari