La imputación de responsabilidad médica con base en las normas de protección de consumidores: el artículo 148 TRLC Articles uri icon

publication date

  • January 2017

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  • 119

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  • 164

issue

  • 1

volume

  • 70

International Standard Serial Number (ISSN)

  • 0210-301X

abstract

  • En el ámbito de la responsabilidad sanitaria es doctrina tradicional del TS la necesidad de prueba de la culpa o negligencia médica. Frente a ello, elactual art. 148 TRLC -anteriormente art. 28 LCU- contiene una regla de imputación objetiva de responsabilidad aplicable a los servicios médicos.Dicha regla parece inspirar cierto recelo en nuestros tribunales, puesto que rara vez la aplican de manera independiente y sin hacer referencia a la existencia de algún tipo de negligencia. Este trabajo pretende dar respuesta a las dudas que suscita la aplicación, a los servicios sanitarios, del citado art. 148 TRLC. A tal fin se delimita el ámbito objetivo de dicho precepto partiendo de la noción de servicio defectuoso y tomando en consideración las peculiaridades de la actividad médica, que conlleva riesgos aleatorios que escapan a la esfera de control médico; riesgos que, por consiguiente, no deben, como regla, generar responsabilidad si llegan a materializarse. A partir de ahí se concretan los supuestos en que cabe considerar un servicio médico como defectuoso, se determina el elenco de sujetos responsables y se analiza la posibilidad de admitir ciertas causas de exoneración de responsabilidad.

keywords

  • responsabilidad objetiva; prestador de servicios; servicio médico defectuoso; riesgos aleatorios; seguridad exigible; resultado anormal; sujetos responsables; causas de exoneración