Un recorrido desde los microcréditos sin garantías hasta los microcréditos garantizados. Articles
Overview
published in
- La Ley Mercantil Journal
publication date
- December 2016
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- 1
end page
- 22
issue
- 31
International Standard Serial Number (ISSN)
- 2341-4537
abstract
- Los microcréditos surgieron en la década de los años setenta asentados sobre el pilar de la ausencia de garantías. Nacieron para favorecer la inclusión financiera de la población de más bajos recursos excluida de la financiación bancaria tradicional. Sin la petición de garantías a las personas sin recursos económicos, los microcréditos fueron utilizados como una poderosa herramienta de erradicación de la pobreza. Aquella idea originaria fue desnaturalizándose con el transcurso del tiempo. En el presente el mínimo común denominador de los modelos empleados por las instituciones microfinancieras es la exigencia, directa o indirecta, de garantías. Con o sin tácticas coercitivas, se suele condicionar la asignación de los microcréditos a la prestación por parte de los beneficiarios de una variada tipología de prácticas que actúan como si de una garantía propiamente dicha se tratase. En otras ocasiones, se utilizan las garantías mobiliarias sobre una amplia gama de bienes gravados para asegurar el incumplimiento de la obligación de reembolso. El crédito garantizado stricto sensu reduce el riesgo de la operación microfinanciera repercutiendo en la mejora del acceso al capital a menor coste. La Ley modelo de la Comisión de Naciones Unidas para el Derecho Mercantil Internacional sobre las operaciones garantizadas, aprobada en junio-julio de 2016, contiene un concepto y régimen funcional, amplio, flexible, simple y unitario de «garantía» que permite entender que las operaciones microfinancieras hallan cobijo bajo sus reglas. Aun siendo así, a nuestro juicio, hubiera sido conveniente analizar el dictado de principios propios para los microcréditos garantizados debido a la singularidad de sus caracteres.