Los países en desarrollo y el GATT Articles uri icon

publication date

  • June 2008

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  • 107

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  • 122

issue

  • 843

International Standard Serial Number (ISSN)

  • 0019-977X

abstract

  • La preocupación por el impacto de las reglas comerciales multilaterales en el desarrollo es muy anterior a la Ronda de Doha de la OMC pues se remonta a la Carta de la Habana, negociada y adoptada en los albores del
    GATT (pero que nunca entró en vigor, como es sabido). Al analizar la
    evolución de esas reglas en los últimos 60 años se muestra la utilidad
    del concepto genérico de «trato desigual» (hacia los países en
    desarrollo, PVD), y se pone de relieve el punto de inflexión que
    representó en este contexto la Ronda Uruguay. En efecto, la acuñación de
    la denominación «trato especial y diferenciado» (en sustitución de
    «trato diferenciado y más favorable», vigente en aquel momento) apuntaba
    a un cambio fundamental en los objetivos perseguidos: la promoción del
    desarrollo va a pasar a un segundo plano, en la medida en que se postula
    la consecución de aquél por medio de la integración de los PVD en las
    reglas del sistema. No se corrigió, por otra parte, una carencia
    fundamental de la que siempre ha adolecido la normativa comercial
    multilateral en su conexión con el desarrollo: su vaguedad y
    consiguiente falta de operatividad, cuya superación ha vuelto a ser uno
    de los grandes retos en la actual ronda de negociaciones comerciales.